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El sistema electoral español

Funcionamiento del sistema electoral y representación política

1¿Cuántos diputados tiene cada provincia?

El Congreso tiene 350 diputados. Cada provincia tiene 2 asegurados (Ceuta y Melilla, 1) y los otros 248 se reparten según la población. Pincha una provincia en el mapa.

102 escaños fijos 248 según poblaciónDe los 248: 1 por cada ≈197.000 habitantes

Valencia

2.758.633 personas

16
diputados

2 fijos + 14 según la población

Aquí hay 1 diputado por cada 172.415 habitantes. La media de España es 1 por cada 140.327.

Soria: 45.117Madrid: 187.817

Habitantes por diputado en cada provincia. La raya gris es la media de España.

CONGRESO350

En color, los 16 escaños de Valencia.

  1. Congreso350 diputados votan la investidura.
  2. PresidenteNecesita 176 votos (mayoría absoluta) o, en una segunda votación, más síes que noes.
  3. MinistrosNo se votan: los elige el presidente y los nombra el Rey.

Diputados: Real Decreto 806/2026 de convocatoria (BOE del 6 de octubre de 2026), elecciones generales del 29 de noviembre de 2026. Población: INE, cifras oficiales del Padrón a 1 de enero de 2025; con ella, la regla del artículo 162 de la LOREG da exactamente el reparto del decreto.

2El reparto: la fórmula d'Hondt
ejemplo

Votan
100 personas

Para
elegir
5dipu-
tados
votos52
PartidoA
  • Persona 1
  • Persona 2
  • Persona 3
  • Persona 4
  • Persona 5
votos38
PartidoB
  • Persona 1
  • Persona 2
  • Persona 3
  • Persona 4
  • Persona 5
votos8
PartidoC
  • Persona 1
  • Persona 2
  • Persona 3
  • Persona 4
  • Persona 5
votos2
PartidoD
  • Persona 1
  • Persona 2
  • Persona 3
  • Persona 4
  • Persona 5
Menos del 3 %

Al Congreso no se vota a personas sino a listas cerradas: cada partido presenta a sus candidatos en un orden que no se puede cambiar. Si un partido gana 3 diputados, entran las 3 primeras personas de su lista.

FÓRMULAD'HONDT
1 diputado = 1 ronda
Pulsa para empezar
3Prueba tú

Mueve los votos de cada partido y cambia cuántos diputados elige la provincia. El reparto se recalcula al momento con la misma regla.

Diputados en juego:
Otro número:5
A
52 votos52 %
3(60 %)
B
38 votos38 %
2(40 %)
C
8 votos8 %
0 diputados
0(0 %)
D
2 votos2 % · menos del 3 %, fuera
0 diputados
0(0 %)

Total: 100 votos. Para entrar al reparto hace falta el 3 % (3 votos). En unas elecciones de verdad, ese 3 % se calcula sobre los votos válidos, que incluyen el voto en blanco. El porcentaje entre paréntesis es la parte de los diputados que se lleva cada partido. Fíjate en cómo cambia con pocos diputados en juego y con muchos.

4Cómo se vota el Senado

Es distinto al Congreso: en la papeleta sepia no votas una lista, votas personas. En cada provincia salen elegidos los 4 nombres con más votos.

Marca tu papeleta

Elecciones al Senado · Ejemplo

Marque con una cruz hasta 3 candidatos

Partido A

Partido B

Partido C

Partido D

En blanco

Sin ninguna marca, la papeleta cuenta como voto en blanco.

Puedes elegir nombres de partidos distintos. Lo que cuenta son las personas, no la lista.

Cómo se cuenta

Una provincia con 100 votantes. Se suman las cruces de cada nombre y salen los 4 primeros.

  • García (A)41 sale
  • López (A)40 sale
  • Ruiz (A)39 sale
  • Fernández (B)33 sale
  • Martín (B)31
  • Navarro (B)30
  • Gil (C)14
  • Pérez (C)12
  • Soler (C)11
  • Mora (D)6

A saca 3 y B saca 1. Es lo más habitual: quien gana se lleva 3 y el segundo, 1.

Lo que salió en la Comunitat en 2023

Valencia

2 PP · 2 PSOE

Alicante

3 PP · 1 PSOE

Castellón

3 PP · 1 PSOE

Y 6 más que designan Les Corts Valencianes

2 PP · 2 PSOE · 1 Compromís · 1 Vox (grupo mixto). Se reparten entre los grupos de Les Corts según sus escaños.

Fuentes: LOREG, arts. 96 y 166, Senado: cómo se compone, senadores de la Comunitat Valenciana y Ley valenciana 9/2010.

Cómo funciona

1

La provincia es la circunscripción

Hay 52 circunscripciones (las 50 provincias más Ceuta y Melilla); cada una elige a sus diputados por separado.

2

102 escaños fijos, 248 según población

Cada provincia tiene garantizados 2 diputados (1 cada ciudad autónoma); los 248 restantes se reparten según la población de cada provincia.

3

Solo entran al reparto las candidaturas con un 3% de los votos

Una candidatura necesita al menos el 3% de los votos válidos de su circunscripción para optar a escaño.

4

Los escaños se reparten con la fórmula d’Hondt

Se divide el número de votos de cada candidatura entre 1, 2, 3... y se asignan los escaños a los cocientes más altos.

5

El Congreso elige al presidente del Gobierno

Los 350 diputados votan la investidura del candidato. En la primera votación necesita mayoría absoluta (176 votos); si no la consigue, 48 horas después basta con más votos a favor que en contra. Si en dos meses nadie es investido, se repiten las elecciones (artículo 99 de la Constitución).

6

El Senado se vota aparte, con listas abiertas

Votas personas, no listas, y salen los 4 más votados de cada provincia. Lo tienes explicado, con una papeleta de prueba, en la parte 4 de la infografía de arriba.

7

El presidente nombra a sus ministros

Los ministros no se votan: los elige el presidente y los nombra el Rey a propuesta suya (artículo 100 de la Constitución). El presidente también decide cuántos ministerios hay y cuáles.

Lo que más se pregunta

¿Cuántos diputados elige la Comunitat Valenciana?

33: Valencia 16, Alicante 12, Castellón 5.

Ver más

Igual que en 2023. Y 4 senadores por provincia.

Real Decreto 806/2026

Blanco, nulo, abstención: ¿qué cuenta?

Blanco cuenta para el 3 %. Nulo y abstención, no.

Ver más

Ninguno de los tres suma escaños a nadie. Blanco: sobre vacío. Nulo: papeleta no oficial, tachada, escrita o dos candidaturas en el sobre.

LOREG, arts. 96 y 163

¿Cómo marco la papeleta del Senado?

Hasta 3 nombres. De uno o de varios partidos.

Ver más

Más de 3: nulo. Ninguno: en blanco.

LOREG, art. 96

¿Cómo funciona d’Hondt?

Votos ÷ 1, 2, 3… Los escaños van a los cocientes más altos.

Ver más

Pruébalo arriba, en «Prueba tú».

LOREG, art. 163

Normas en las que se basa

  • Constitución Española, artículo 68
  • Ley Orgánica 5/1985, del Régimen Electoral General (LOREG)
  • Real Decreto 806/2026, de convocatoria de las elecciones del 29 de noviembre de 2026

Tus derechos

  • Derecho de sufragio activo (votar) a partir de los 18 años
  • Derecho de sufragio pasivo (presentarse como candidato/a) con los mismos requisitos de edad
  • El voto es libre, igual, directo y secreto (artículo 68 CE)

Conviene saber

  • El 3 % solo decide en provincias grandes.Como Madrid o Barcelona. En las pequeñas hace falta mucho más para sacar escaño.
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